Para la designación de los integrantes del Comité Directivo, representantes de alguna institución de las indicadas en la Ordenanza 1433-CM-04, los mismos deberán ser designados formalmente por cada institución, debiendo la institución, cada dos (2) años, renovar la designación ya sea ratificando a la persona que estaba desempeñando la representatividad o designando una nueva.
Para el caso de los representantes por actividades establecidos en la Ordenanza, los mismos durarán dos (2) años en su función pudiendo ser reelectos, el mecanismo utilizado para las postulaciones futuras de estos últimos, será a través de las propuestas emanadas de los subcomités o en caso que no hubiere subcomités de la actividad indicada, la postulación se deberá realizar por el mecanismo establecido en la Ordenanza, quedando establecido que la designación final y formal será de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza.
El comité de Ciudades Hermanas de S. C. de Bariloche estará conformado por un Comité Directivo y Sub. Comités temáticos encargados de llevar adelante las tareas operativas relacionadas al tema de conformación del Sub. Comité.
En el Comité Directivo podrán incorporarse nuevos miembros por actividades que no estén previstas en la Ordenanza, los cuales deberán ser aprobados por la totalidad de los representantes Municipales. Teniendo los nuevos miembros derecho a voz pero sin derecho a voto en las decisiones que se tomen en el mismo. La propuesta de incorporación de los mismos, la podrá hacer cualquier integrante del Comité establecido por Ordenanza. Durarán en su función dos (2) años, pudiendo ser reelectos. Estos miembros serán denominados “Vocales Consultivos”
Además podrán ser invitados por el Comité “Consultores Temáticos”,para desarrollar o profundizar algún tema que asilo requiera.
Una vez aprobada la incorporación de cualquier miembro al Comité Directivo y a los Sub. Comités, y a los efectos de formalizar la incorporación, deberán registrarse en el libro de Actas. En el mismo se consignarán los datos personales de cada integrante, debiendo constar junto a los datos de los mismos, la firma de los representantes del Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante Municipal.